Especialista en Herencias

¿Qué es un pacto sucesorio? ¿En qué casos nos puede interesar?

Todos sabemos que el testamento nos permite decidir sobre a quién queremos que vayan nuestros bienes después de nuestro fallecimiento. Además podemos cambiar de criterio en cualquier momento, sin ningún otro requisito que el de ir al notario y otorgar uno nuevo. El último testamento siempre será el válido.

Ahora bien, en alguna ocasión nos podría interesar que tal decisión no dependiera sólo del otorgante, es decir de la persona que firma dicho testamento. Por ejemplo, para asegurar que un negocio o explotación familiar agrícola fuera a parar con toda seguridad a una persona en concreto, sin que dependiera en cada momento de la voluntad de testador.

En este caso y para asegurar que el patrimonio del difunto está a salvo y que irá a parar, con su fallecimiento, a una persona determinada, se pueden firmar ante notario los pactos sucesorios. La ventaja de éstos consiste en que no se pueden modificar sin el consentimiento de ambas partes. Se pueden firmar para todos los bienes o para alguno en concreto.

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