Especialista en Herencias

No siempre hay que ir al notario para declarar una herencia. Lo podemos hacer mediante un documento privado, siempre que se den las siguientes circunstancias:

A) Respecto a los inmuebles:

1.- Cuando se trate de un heredero único.

2.- No exista ningún interesado con derecho a legítima.

3.- Exista testamento.

B) Respecto a los demás bienes, sólo será preciso un documento privado de declaración de bienes, debidamente firmado por los herederos.

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