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el testamento en la crisis matrimonial con hijos

Cuando se produce una crisis matrimonial y se divorcian los conyugues con hijos, hay que replantear otorgar nuevo testamento con la finalidad de que los bienes de uno pasen únicamente a los hijos, con la previsión de que no puedan ir, más adelante, al anterior conyugue.

Lo habitual es que los hijos sean herederos de los padres y al fallecer éstos los bienes pasen a los hijos. Ahora bien, si posteriormente el hijo/a fallece sin haber hecho testamento, sin descendencia y sin estar casado, el heredero es el padre o la madre sobreviviente, por lo que, por esa vía, los bienes pasarían al padre o madre divorciados, situación que obviamente no es deseada.

Por otro lado, si al fallecer alguno de los padres el hijo/a es menor de edad, la administración de los bienes pasaría al conyugue supérstite ya que el mero divorcio no extingue la patria potestad de los padres. Situación tampoco deseada.

 En estos casos es recomendable otorgar testamento de la siguiente forma:

1º.- Establecer una sustitución fideicomisaria ¿Y qué es esto? Pues muy sencillo, simplemente encargar al heredero que en caso de fallecimiento pasen a un tercero los bienes de la herencia. En nuestro caso, se encarga al hijo/a que lo transfiera a su descendencia y, en el caso de no tenerla, a otro hermano/a u otra tercera persona. De esta forma los bienes nunca pasarán al padre/madre divorciados. Además, es un fideicomiso de residuo, es decir que se puede en vida vender los bienes, por lo que de esta forma no se perjudica.

2º.- Y para el caso de que, al fallecimiento del padre o de la madre, el hijo/a sea menor de edad, se nombra un administrador de los bienes de la herencia, por lo que de esta forma se asegura que el padre o la madre no pueda administrar esos bienes en perjuicio de los hijos/as. En definitiva se designa a una persona de confianza para que ejerza de administrador patrimonial de los bienes de la herencia, en sustitución de la potestad parental del padre o madre divorciados/as.   

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